Contra el “Capital Privado”


El Juzgado de Primera Instancia Número 4 de Alicante ha aplicado por primera vez la Ley sobre la Usura contra una sociedad de “Préstamos Privados”.Es decir no los otorga un Banco ni una financiera regulada por el Banco de España.

Normalmente acuden a éstas empresas, personas que se encuentran en el en el Rai y/o ASNEF.

Precisamente el próximo 23 de julio esta normativa cumplirá 200 años desde su entrada en vigor.

Esta Ley, actualizada por la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, declara que “será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales”.

Se trata de una de las grandes preocupaciones del Ministerio de Sanidad y Consumo, que ante la necesidad de crédito que pueda producir la actual situación de recesión económica ha incluido entre sus prioridades de inspección a las empresas de intermediación financiera, y establecimientos de agrupación de créditos y efectuará controles sobre la información que se da al usuario de servicios financieros ofertados como créditos rápidos, de reunificación de deudas y otros.

Atención: La característica principal de éstos “préstamos” son:

  1. cliente: incluido en el RAI y/o Asnef, existe una situación de necesidad del demandante, retrasos en pago de letras de hipotecas, préstamos etc.
  2. cliente: sin medios para justificar “ingresos” como nóminas etc.,(cualquier banco o entidad financiera regulada por el Banco de España es lo primero que solicita a la hora de demandar un préstamo y/o crédito.)
  3. Prestamista: Rapidez en la gestión.
  4. Prestamista: no existe riesgo para el prestatario, Garantía Real, es decir una propiedad que avala al “prestamista” el préstamo acordado.
  5. Alto interés ,normalmente triplican ,sí triplican la suma a devolver.
  6. el plazo para devolver el dinero es excesivamente reducido; normalmente seis meses , llegado el día del vencimiento , vuelven a aplicar intereses.

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Fuente: www.bancocaixageral.es

Recetas para resistir con el euríbor en máximos

La subida del euríbor volverá a encarecer la letra de las hipotecas en junio. En los últimos cinco años, la cuota anual ya se ha encarecido en 2.170 euros.

La escalada del euríbor, el índice al que están referenciadas la mayoría de las hipotecas a tipo variable, no cesa y pone cada vez en más aprietos a muchas familias españolas que ven como la cuota mensual de sus préstamos no para de subir en cada revisión semestral o anual. La advertencia del BCE acerca de que es muy probable que vuelva a endurecer su política monetaria el próximo julio agrava aún más la situación. De momento, este indicador se disparó la semana pasada por encima del 5,4%, con lo que el euríbor hipotecario -que incluye el diferencial medio que suelen aplicar las entidades, estimado en el 0,75%- podría superar con holgura el 6% este mes de junio. En mayo, rozó la barrera del 5,75%.

Ana Perona (14-06-2008)

Cincodias.com

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¿Cómo se cobrarán los 400 euros?

Fuente: Elpais.com

-¿Cuándo se empezará a cobrar?

-El primer pago se realizará en la nómina de junio, aquella que se cobra a finales de este mes o principios de julio, y ascenderá a 200 euros, cifra correspondiente a los seis primeros meses del año, ya que la ayuda es retroactiva y tiene valor desde enero.

-¿Hasta cuándo?

-Tras los 200 euros de junio, los 200 restantes se abonarán de forma proporcional cada mes a lo largo de la segunda mitad de 2008 y durante todos los meses del próximo 2009, lo que representa algo más de 33 euros al mes.

-¿Qué deben hacer las empresas para incorporar la ayuda a las nóminas?

-Las empresas y otros agentes retenedores contarán desde el miércoles 4 de junio con el nuevo programa de retenciones, en el que ya se incluyen los cálculos para la efectiva devolución de los 400 euros, según fuentes de Hacienda, que colgará en su web el documento, así como una nota informativa en la que se precisará cómo calcular la retenciones teniendo en cuenta la devolución. Además, las organizaciones empresariales podrán solicitar cuántas aclaraciones sean pertinentes a lo largo de los próximos 15 días.

¿Y los autónomos?

-Según explican desde la Federación Nacional de Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), este colectivo, adscrito en su mayoría al sistema de retenciones por pago fraccionado -que se realiza cada trimestre-, deberá rebajar de la cantidad que paga a Hacienda en concepto de IRPF los primeros 200 euros en el próximo pago, que tendrá lugar en julio. El resto, dividido en sendos bloques de 100 euros, deberá deducirse de las retenciones a pagar en octubre y enero. Idéntico procedimiento que se deberá seguir en todo 2009.

Más información en: Organismo: Ministerio de Economía y Hacienda

Las mil y una formas de financiarse.

Ampliaciones de capital, emisiones de deuda, captación masiva de pasivo… Las entidades agotan casi todas las vías posibles de financiación para captar liquidez tras más de diez meses de crisis.

Como consecuencia, ahora no hay demasiado dinero porque los bancos no consiguen financiarse de una manera tan cómoda como antes, debido a la mayor aversión al riesgo de los inversores; tampoco hay mucho tiempo, porque los vencimientos de deuda apremian; y, por supuesto, no es barato, debido a que los diferenciales se han disparado. Con este panorama, las entidades financieras intentan reforzar su posición de liquidez exprimiendo todas las vías posibles.

Publicado el 16/06/2008, por Escriben Daniel Badía y Michela Romani.Fuente: Expansión.com

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